Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo
Información a revelar
17.31
Para cada categoría de elementos de propiedad, planta y equipo que se
considere apropiada de conformidad con el párrafo 4.11(a), una entidad
revelará la siguiente información:
(a) Las bases de medición utilizadas para determinar el importe en libros bruto.
(b) Los métodos de depreciación utilizados.
(c) Las vidas útiles o las tasas de depreciación utilizadas.
(d)
El importe en libros bruto y la depreciación acumulada (agregadas las
pérdidas por deterioro del valor acumuladas), tanto al principio como al
final del periodo sobre el que se informa.
(e)
Una conciliación entre los importes en libros al principio y al final
del periodo sobre el que se informa, que muestre por separado:
(i) Adiciones.
(ii) Disposiciones.
(iii) Adquisiciones a través de combinaciones de negocios.
(iv)
Transferencias a propiedades de inversión si se encuentra disponible
una medición fiable del valor razonable (véase el párrafo 16.8).
(v) Pérdidas por deterioro del valor reconocidas o revertidas en el resultado, de acuerdo con la Sección 27.
(vi) Depreciación.
(vii) Otros cambios.
No es necesario presentar esta conciliación para periodos anteriores.
17.32 La entidad revelará también lo siguiente:
(a)
La existencia e importes en libros de las propiedades, planta y equipo a
cuya titularidad la entidad tiene alguna restricción o que está
pignorada como garantía de deudas.
(b) El importe de los compromisos contractuales para la adquisición de propiedades, planta y equipo.