lunes, 14 de octubre de 2013

NIIF PARA PYMES! Sección 32 Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa

Sección 32 Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa


Fecha de autorización para la publicación
32.9 Una entidad revelará la fecha en que los estados financieros han sido autorizados para su publicación y quién dio esta autorización. Si los propietarios de la entidad u otros tienen poder para modificar los estados financieros tras la publicación, la entidad revelará también este hecho.


Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste

32.10 Una entidad revelará la siguiente información para cada una de las categorías de hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste:

(a) la naturaleza del hecho; y
(b) una estimación de sus efectos financieros, o una declaración de la imposibilidad de realizar esta estimación.

32.11 Los siguientes son ejemplos de hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste, que por lo general darían lugar a revelar información. La información a revelar reflejará información que se conocerá después del final del periodo sobre el que se informa pero antes de que se autorice la publicación de los estados financieros:

(a) Una combinación de negocios importante o la disposición de una subsidiaria importante.
(b) El anuncio de un plan para discontinuar una operación.
(c) Las compras de activos muy importantes, las disposiciones o planes para disponer de activos o expropiación de activos muy importantes por parte del gobierno.
(d) La destrucción por incendio de una planta de producción importante.
(e) El anuncio, o el comienzo de la ejecución, de una reestructuración importante.
(f) Las emisiones o recompras de la deuda o los instrumentos de patrimonio de una entidad.
(g) Las variaciones anormalmente grandes en los precios de los activos o en las tasas de cambio de la moneda extranjera.
(h) Los cambios en las tasas impositivas o en las leyes fiscales, aprobadas o anunciadas, que tengan un efecto significativo en los activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos.
(i) La aceptación de compromisos o pasivos contingentes significativos, por ejemplo, al otorgar garantías por importe significativo.
(j) El inicio de litigios importantes, surgidos exclusivamente como consecuencia de hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa.