Sección 19 Combinaciones de Negocios y Plusvalía
Información a revelar para combinaciones de negocios efectuadas durante el periodo sobre el que se informa
19.25 Para cada combinación de negocios efectuada durante el periodo, la adquirente revelará lo siguiente:
(a) Los nombres y descripciones de las entidades o negocios que se combinan.
(b) La fecha de adquisición.
(c) El porcentaje de instrumentos de patrimonio con derecho a voto adquiridos.
(d)
El costo de la combinación, y una descripción de los componentes de ese
costo (tales como efectivo, instrumentos de patrimonio e instrumentos
de deuda).
(e)
Los importes reconocidos, en la fecha de adquisición, para cada clase
de activos, pasivos y pasivos contingentes de la adquirida, incluyendo
la plusvalía.
(f)
El importe de cualquier exceso reconocido en el resultado del periodo
de acuerdo con el párrafo 19.24, junto con la partida del estado del
resultado integral (y el estado de resultados, si se presenta) en la que
se ha reconocido el exceso.
Información a revelar para todas las combinaciones de negocios
19.26
Una adquirente revelará una conciliación del importe en libros de la
plusvalía al principio y al final del periodo, mostrando por separado:
(a) Los cambios que surgen de las nuevas combinaciones de negocios.
(b) Las pérdidas por deterioro del valor.
(c) Las disposiciones de negocios adquiridos previamente.
(d) Otros cambios.
No es necesario presentar esta conciliación para periodos anteriores.