Tomado de https://www.auditool.org
En enero de 2015, el Consejo de Normas Internacionales de
Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por sus siglas en inglés) de la
Federación Internacional de Contadores (IFAC) emitió una nueva Norma
Internacional de Auditoría aplicable al reporte o informe del auditor
externo de estados financieros (NIA 701), así como las normas revisadas
aplicables al mismo, la Serie 700 e, incluyendo las NIA 260 y 570, un
documento denominado Modificaciones en concordancia con otras NIA y la
Serie 800, esta última aprobada en 2016. Las normas son aplicables a las
auditorías de estados financieros correspondientes a periodos
terminados a partir del 15 de diciembre de este año.
Es de esperarse que con estas normas se genere un informe del auditor
que logre incrementar la confianza de los usuarios en la auditoría
externa practicada a los estados financieros y que se aumente la
transparencia y el valor del informe; además de que se mejore la
comunicación entre los inversionistas, otros interesados y el auditor;
así como entre este y el gobierno de la entidad.
Este tema es de gran alcance tanto para los practicantes como para
los usuarios de dichos estados y del informe de auditoría
correspondiente quienes, sin duda, se verán beneficiados
considerablemente al conocer más sobre el trabajo que realiza el auditor
externo.
A continuación, se resaltan los puntos sobresalientes:- Opinión del auditor (NIA 700; 800; 805 y 705): ubicado en la primera sección del informe
- Fundamento de la opinión (NIA 700 y 705): señala que la auditoría fue realizada de conformidad con las normas internacionales y que, por separado, se describen de manera detallada las responsabilidades del auditor. Comenta el tema de la independencia y el cumplimiento con los requerimientos éticos establecidos en el Código de Ética observado. En esta sección, en su caso, se incluye una descripción de las situaciones que dieron origen a una opinión modificada, que pueden ser: salvedad, opinión negativa (adversa) o abstención (denegación), haciendo la referencia al párrafo correspondiente.
- Otra información (NIA 720): trata sobre las responsabilidades del auditor respecto a información financiera y no financiera diferente a la incluida en los estados financieros del informe anual de una entidad.
- Párrafos de énfasis y sobre otros asuntos (NIA 706; 800 y 805): considera los asuntos que requieren un párrafo de énfasis o de comentarios especiales
- Empresa en funcionamiento (NIA 570; 705 y 706): cuando sea aplicable, el auditor informará sobre asuntos relativos a la empresa en funcionamiento de conformidad con la NIA 570, en especial, cuando exista una incertidumbre significativa relativa a la misma. Este asunto podría, de ser el caso, convertirse en una salvedad, incluso en una opinión negativa (adversa).
- Cuestiones clave de la auditoría (NIA 701; 705 y 706): incluye las cuestiones clave aplicables a empresas listadas y a otras entidades cuando las disposiciones legales o reglamentarias lo requieran o el auditor lo decida.
- Responsabilidades de la dirección y encargados del gobierno de la entidad en relación con los estados financieros (NIA 700 y 570): señala la responsabilidad de la administración sobre los estados financieros y sobre la valoración hecha por la misma en cuanto a la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento.
- Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros (NIA 700, 705, 570 y 260): En esta sección del informe, el auditor manifiesta: a) Que durante su auditoría aplica su juicio profesional y mantiene una actitud de escepticismo profesional; b) identifica y valora los riesgos de incorrección material en los estados financieros; c) diseña y aplica procedimientos de auditoría para responder a esos riesgos; d) evalúa la adecuación de las políticas contables aplicadas, la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por la dirección; e) concluye sobre lo adecuado de la utilización del principio contable de empresa en funcionamiento y determina, con base en la evidencia obtenida, si existe o no incertidumbre material relacionada con hechos o condiciones que puedan generar dudas significativas sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento; f) evalúa la presentación global, la estructura y el contenido de los estados financieros; g) comunica a los responsables del gobierno de la entidad sobre el alcance y el momento de realización de la auditoría y hallazgos significativos identificados; h) indica que, entre las cuestiones que han sido objeto de comunicación con los responsables del gobierno de la entidad, determinó las que han sido más significativas en la auditoría del periodo actual y son, por lo tanto, las Cuestiones Clave de la Auditoría.
- Ubicación de la descripción de las responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros (NIA 700): señala dónde se presenta la descripción de estas responsabilidades.
- Nombre del socio del encargo: así como firma y dirección del Auditor; fecha del Informe (NIA 700).
Este tema es complejo e interesante por lo que los auditores externos
deberán dedicarle una buena cantidad de horas en su estudio, análisis y
aplicación, además del entrenamiento al personal.
Se espera que con la observancia puntual de esta normatividad
aplicable a la auditoría de los estados financieros que practica un
auditor externo y, en específico, al informe que emite dicho
profesional, permitirá que los usuarios de su informe y de la
información financiera a la que se refiere este, incrementen su
confianza en la auditoría externa y en los productos derivados y que se
aumente la transparencia y el valor informativo del reporte.
Desde luego que, como requisitos, estarán el que el auditor externo
realice su auditoría con diligencia y cuidado profesionales y aplique de
manera certera su juicio profesional, además de que mantenga una
actitud de escepticismo profesional durante todo el trabajo y que cumpla
cabalmente con los aspectos de independencia y otros requisitos éticos
que le son aplicables y con la norma de calidad correspondiente, según
lo declarará con más detalle en su informe a partir de ahora.
C.P.C. Roberto Gerardo Córdoba VitalAsesor y Auditor Independiente
Fuente: http://veritasonline.com.mx/