El rol de los contadores ante la Ley
Contra el Lavado de Activos
Mucho se ha escuchado hablar de la recién promulgada
Ley 155-17 que regula el lavado de activos y financiamiento del terrorismo y
sustituye la Ley 72-02 sobre el lavado de activos provenientes del tráfico
ilícito de drogas.
Dos personas clave se describen en la Ley 155-17: el
“beneficiario final” y los “sujetos obligados”. Para fines de este artículo nos
basaremos en el sujeto obligado, el cual es definido como “la persona física o
jurídica que, en virtud de esta ley, está obligada al cumplimiento de las
obligaciones destinadas a prevenir, detectar, evaluar y mitigar el riesgo de
lavado de activos, y la financiación del terrorismo y otras medidas para la
prevención de la financiación de la proliferación de armas de destrucción
masiva”.