Ángel Rodríguez López y Esther Fidalgo Cerviño
La necesidad de desarrollar un modelo contable normalizado para los partidos políticos en España se configura, actualmente, como de sumo interés por la importancia que tiene, para el sistema económico en particular y para el sistema social, político e institucional, en general.
A pesar de ello, tradicionalmente, los partidos políticos han mostrado un escaso interés por someter a fiscalización y control el estado de sus cuentas, quizá por considerarlo un debilitamiento de su autonomía e independencia con respecto al entorno externo. Sin embargo, existen múltiples y diversas razones para el desarrollo e implantación de un modelo contable normalizado para el registro, elaboración, síntesis y suministro de la información económica y financiera, que acreciente la transparencia y potencie la credibilidad del sistema de partidos en su conjunto. Entre las razones apuntadas, sin ánimo de ser omnicomprensivos, podemos destacar las siguientes:
l Como entidades que realizan actividades económicas, tanto por motivos de una adecuada gestión de recursos escasos, como para que exista un adecuado flujo de información a los usuarios interesados. En este aspecto, hay que resaltar la relevancia del sistema de información contable como instrumento útil para una correcta y adecuada toma de decisiones por parte de dichos usuarios.
l Por el hecho de recibir u obtener financiación pública, máxime cuando el modelo de financiación de partidos políticos español se configura como uno de los más dependientes a nivel mundial en relación a la citada financiación. En este ámbito, cobra especial importancia el sistema de información contable como instrumento de control para prevenir posibles despilfarros de recursos, que pudieran producirse en un momento dado, y que atenten gravemente contra los principios de economicidad y ahorro que deben primar para una adecuada y eficiente gestión.
l Para alcanzar las funciones que les son propias dada su peculiar naturaleza específica, y más concretamente, como apoyo y sustento de la función legitimadora del orden político e institucional vigente.
l Por su finalidad: por razones éticas y de imagen puesto que la credibilidad para la implantación y la consolidación del sistema político democrático tiene un importante sostén en la transparencia de las operaciones económicas y financieras realizadas por los mismos.
l Por el volumen de sus operaciones y actividades económicas similar, en muchos casos, a grandes empresas.
La importancia y actualidad de los planteamientos objeto de nuestra reflexión quedan de manifiesto, en especial, en el caso español, con la aprobación por el Parlamento de una nueva Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos, que sustituye a la anterior legislación en la materia de 1987, y que, por primera vez en este ámbito particular, regula y dispone la planificación, elaboración y desarrollo, por parte del Tribunal de Cuentas español, de un plan contable específico para las formas políticas de partido en España.
Asimismo, según se deducen de los diferentes informes de fiscalización sobre la contabilidad de los partidos políticos elaborados por el Tribunal de Cuentas en nuestro país, la información financiera facilitada por aquéllos dista mucho de representar la imagen fiel de la situación patrimonial de los mismos.
A pesar de todo lo anterior, el plazo de 6 meses previsto por la Ley de Financiación de Partidos Políticos para la génesis y desarrollo de un plan contable específico, por parte del Tribunal de Cuentas, para las formaciones políticas españolas, desde la aprobación de la citada ley, se ha visto hasta la fecha ampliamente superado, obviamente, sin razones de peso que justifiquen tal hecho concreto, en términos económicos, al margen de cualquier consideración de índole política al respecto.
Ángel Rodríguez López y Esther Fidalgo Cerviño. Profesores de la Universidad Complutense y ganadores del Premio AECA de Artículos de Contabilidad y Administración de Empresas