domingo, 2 de diciembre de 2018

ICPARD FILIAL BARAHONA...Breve resumen de la Ley 87-01 sobre el Sistema Dominicano de la Seguridad Social en la República Dominicana; los aspectos más importantes que debes conocer

Breve resumen de la Ley 87-01.
La Ley 87-01, se estableció al Sistema Dominicano de Seguridad Social, fruto del consenso participativo de los sectores públicos y privados; llegando a integrar nuestro país con las naciones América Latina, que han implementado sus reformas estructurales de Seguridad Social y Humana.


La misma transformo los sistemas existentes de salud y riesgos laborales, que protege los recursos humanos en las empresas y toda la población para desarrollar los derechos y deberes del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobre vivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.


La Tesorería de la Seguridad Social:
Conocida como la TSS, es un organismo dependiente del Consejo Nacional de Seguridad Social, y tiene a su cargo el Sistema Único de Información y el proceso de recaudo, distribución y el pago a todas las instituciones participantes públicas y privadas garantizando regularidad, transparencia, seguridad, eficiencia e igualdad.


Las funciones de la TSS son compartidas con la empresa UNIPAGO, S.A. segun acuerdo de concesión firmado, entre el CNSS/TSS/UNIPAGO.


En la página electrónica: www.tss.gov.do
Podemos:
Calcular los aportes al SDSS.
Consultar de Afiliación de Pensionados de Hacienda
Ver histórico de pagos ARS por afiliado
Reimprimir el formulario de enfermedad común.


Las AFP:
Administradoras de Fondos de Pensiones, cuyo objetivo es administrar las cuentas personales de sus afiliados e invertir adecuadamente los fondos de pensiones con el fin de proporcionar la mejor rentabilidad para cuando los empleados dejen de trabajar. Estas pueden ser públicas, privadas o mixtas.


Deben afiliarse al sistema de Seguridad Social, todas las personas que posean un contrato de trabajo bajo relación de dependencia, sin importar su salario. Una vez afiliado, usted estará toda su vida en el sistema provisional, esté o no cotizando mensualmente. Mientras no lo esté, la AFP no realizará cobros por administrar el saldo de su cuenta obligatoria.

Para el retiro en la vejez de un empleado tendrá el derecho a:
Pensión de Vejez.


Pensión en caso de Discapacidad total o parcial.


Pensión a favor de tus beneficiarios en caso de fallecimiento.
Pensión por Cesantía por edad avanzada.


Las ARS:
Administradoras de Riesgos de Salud para entidades públicas, privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio, autorizadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales para asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud, a una determinada cantidad de beneficiarios, mediante un pago individual previamente establecido por el Consejo Nacional de Seguridad Social, de acuerdo a la presente ley.


Las ARS garantizan la protección a los beneficiarios, mediante:
La racionalización del costo de los servicios; coordinando una red de proveedores de Servicios de Salud (PSS), para maximizar su capacidad resolutiva; contratan y pagan en forma regular a dichos PSS y rinden informe periódicos a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales sobre estas operaciones.


La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL); Entidad estatal autónoma jurídica con patrimonio propio, que a nombre y representación del Estado ejerce las funciones establecidas en la Ley de Seguridad Social, de proteger los intereses de los afiliados, vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), supervisar el pago puntual a dichas administradoras y de éstas a las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), y contribuir a fortalecer el Sistema Nacional de Salud.

Instituciones integran el SDSS:
El Consejo Nacional de la Seguridad Social (SDSS)
La Tesorería de la Seguridad Social (TSS)
Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA)
Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL)
Superintendencia de Pensiones (SIPEN)
Administradora de Riesgos Laborales (ARL)
Seguro Nacional de Salud (SENASA)
Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
Administradoras de Riesgos de Salud (ARS)
Proveedoras de Servicios de Salud (PSS)
Mas adelante estaremos detallando que hacen estas instituciones...

Pueden hacer sus consultas de cualquier tema en:
Contabilidad: Administrativa y Financiera
Impuestos
Costos
Laboral
Tesorería de la Seguridad Social

A nuestro correo: fcalderon2212@gmail.com
Tomado de Félix Calderón y Asociados/Facebook